Naturaleza y funciones
De acuerdo con lo que se establece en el artículo 25 del Decreto 398/2006, de 24 de Octubre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 16/2005, de 27 de Diciembre, de la información geográfica y del Institut Cartogràfic de Catalunya, la Comisión de Coordinación Cartográfica de Catalunya (C4) funciona en Pleno o en comisiones técnicas por razón de la temática. El Pleno determina la creación de las comisiones técnicas, que estarán formadas por personas miembros de la C4 y, si aplica, por personas externas de reconocida competencia en la materia objeto de éstas. La C4 podrá encargar a las comisiones técnicas el logro de objetivos en relación con las materias que sean competencia de aquella.
En este marco legal la C4, en su sesión nº 20 celebrada en fecha 14 de Abril de 2015, aprobó la creación de la Comisión Técnica de Geología y Geofísica (CT4:GG) con los siguientes objetivos:
- Elaborar y proponer criterios técnicos que faciliten la coordinación de los trabajos geológicos, geofísicos y geotécnicos que se lleven a cabo en Catalunya;
- Proponer las normas y los estándards que se consideren adecuados para la ejecución de las actividades en los ámbitos de la Geología y la Geofísica y disciplinas relacionadas, como las ciencias del suelo y edafología, la sismología, la ingeniería geológica y la geotecnia;
- Proponer las medidas necesarias para evitar la duplicidad de tareas;
- Elaborar propuestas para la nomenclatura y simbología que debe utilizarse en la cartografía geotemática que incorpore información de tipo geológico, edafológico o, en general, geotemático;
- Proponer las medidas que se consideren necesarias para que las normas, la nomenclatura y la simbología aprobadas por la C4 sean adoptadas por el máximo número posible de organismos con el objectivo de impulsar la uniformidad de criterios de representación cartográfica;